1852, bandera de yate 92 x 175cm cosida y con cuerda Ø3mm de 25cm

Precio regular €41,95 IVA incl.
Precio regular -25% €55,95 Precio de venta €41,95 IVA incl.

N.º de artículo: 1180101

En stock (+20 uds.)

Plazo de entrega: 4-5 días

Apple Pay Bancontact BLIK Google Pay iDEAL Wero Klarna Maestro Mastercard MobilePay PayPal Visa
Trustpilot stjerne
Høj kundetilfredshed

Descripción

La bandera de yate 1852 en tamaño 92 x 175 cm está confeccionada en tejido de bandera de poliéster 100% tejido. Se entrega con un cordón de Ø3 mm de 25 cm para fijarla en la punta del asta de bandera.

  • Marca: 1852
  • Peso: 0.64 kg
  • Material: Poliéster
  • Compatible con: Embarcaciones de hasta 45'
  • Dimensiones del producto: 92 cm × 175 cm
  • Dimensiones del embalaje: Medidas: 5 cm × 16 cm × 24 cm | Peso bruto: 0.64 kg

Las banderas están confeccionadas en tejido de bandera de poliéster 100% tejido de 150 g/m2. Con Y-F bordado en oro. Además, un cordón de Ø 3 mm, de 25 cm en la parte superior de la bandera, que se utiliza para fijarla en la punta del asta de bandera.

¿Cómo se calcula el tamaño de la bandera? Para mástiles de bandera, se calcula que el borde delantero de la bandera debe ocupar 2/3 de la altura del mástil. No existen normas fijas para el tamaño de la bandera, pero recomendamos las medidas indicadas a continuación.

Historia de la bandera de yate Resolución suprema del 15 de agosto de 1865. La autorización para llevar la bandera de yate, que consiste en la enseña naval danesa con las letras YF en oro en el cuadrado superior más cercano al mástil, se concede a solicitud al Ministerio de Marina, aunque solo para embarcaciones de cubierta. La solicitud, que debe ir sellada con una tasa de 65 øre, debe ir acompañada del correspondiente certificado de arqueo de la embarcación o del certificado de nacionalidad y registro. La bandera de yate no conlleva ninguna ventaja para el barco en lo que respecta a tasas portuarias y de navegación. La autorización para llevar la bandera de yate, que solo es válida mientras la embarcación cambie de propietario y que debe encontrarse a bordo y presentarse cuando la autoridad competente lo solicite, se pierde cuando la embarcación no se utiliza exclusivamente para navegación de recreo. En 1957 desapareció la obligación de solicitar autorización para llevar la bandera de yate.

¡Haz que tus amigos descubran esta fantástica oferta – compártela en Facebook!

#BoatLab #EntusiastaDeBarcos #Navegante #ListoParaElMar #ArmoníaDelMar

✔  Envío rapidísimo ✔ Precios competitivos ✔ Enorme surtido ✔ Asesoramiento experto