SeaTec, bandera de yate L&S cosida 170 g/m² tela de bandera 65x125 cm
SKU: 1180113
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Descripción
La bandera de yate está fabricada con una resistente tela de bandera tejida de 170 g/m² y mide 65x125 cm. Se suministra en un color rojo intenso granate/rojo naval y tiene letras YF doradas bordadas. La bandera está autorizada para su uso por todas las embarcaciones de recreo danesas y botes de remos.
- Compatible con: Barcos de hasta 35'
- Peso: 0.39 kg
- Dimensiones del producto: 65 cm × 125 cm
- Dimensiones del embalaje: Medidas: 29 cm × 19 cm × 3 cm | Peso bruto: 0.39 kg
Bandera de yate con letras YF doradas bordadas. La bandera cola de golondrina se fabrica con la tela de bandera tejida 170 g/m² más resistente del mercado. Se suministra en un color rojo intenso granate/rojo naval. La bandera de yate puede izarse en todas las embarcaciones de recreo danesas y botes de remos. Se entrega en una bonita bolsa de tela.
¿Cómo se calcula el tamaño de la bandera? Para el asta de bandera, se calcula que el borde delantero de la bandera debe ocupar 2/3 de la altura del asta. No existen normas fijas para el tamaño de la bandera, pero recomendamos los tamaños indicados a continuación.
Historia de la bandera de yate Resolución suprema del 15 de agosto de 1865. Se concede, previa solicitud al Ministerio de Marina, el permiso para izar la bandera de embarcación de recreo, que consiste en la bandera naval danesa con las letras YF en oro en el cuadro superior más cercano al mástil, pero solo para embarcaciones de cubierta. La solicitud, que debe llevar un timbre por la tarifa de 65 øre, debe ir acompañada del correspondiente certificado de arqueo de la embarcación o del certificado de nacionalidad y registro. La bandera de yate no confiere en absoluto ningún privilegio al buque en lo relativo a tasas portuarias y de navegación. El permiso para izar la bandera de yate, que solo es válido mientras la embarcación cambie de propietario y que debe encontrarse a bordo y presentarse a requerimiento de las autoridades competentes, se pierde cuando la embarcación no se utiliza exclusivamente para navegación de recreo. En 1957 desapareció la obligación de solicitar permiso para izar la bandera de yate.
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